miércoles, 25 de abril de 2012

Los cerdos (PIGS) en déficit. ¿Entra poco o sale mucho?

Los partidarios del Leviatán sostienen con vehemencia que los descomunales déficits de estas pobres naciones pasan por una caída ostensible en los ingresos fiscales, sin parar mientes en el esquizofrénico gasto público que ha caracterizado sus finanzas hace varios lustros a lo menos.
En buen chileno -y esperamos que el lector omita interpretaciones que están fuera del interés del autor de esta columna-, el problema no es que salga mucho sino todo lo contrario, entra muy poco. El certero diagnóstico “progresista” invita entonces a no impedir que siga saliendo, sino meterle más aún (¡plata, mal pensados!), para lo cual no viene nada de mal seguir estrujando a los tacaños privados y seguir apoyando a las clases desamparadas a través del Estado Benefactor.
¿Y si vamos a las cifras para dilucidar un poco el embrollo? Veamos el caso de España. Entre 2008 y 2009 (máximo déficit público) la recaudación fiscal cayó en casi €60.000MM en circunstancias que el gasto aumentó en €70.000MM. Imaginemos por un instante, que como gran concesión, yo aceptase que ambas variables tienen idéntica importancia, empate.
¿De aquello debemos derivar que el gasto debe recortarse en idéntica medida que aumentamos los impuestos? Desde luego no. Veamos las cosas un poco en retrospectiva: Entre los años 2002 y 2007, aquellos de la “burbuja inmobiliaria”, el Estado godo engordó gracias a los ingentes recursos expoliados al amparo de un crecimiento artificial de la economía[2]. Cualquier gobernante “sensato” hubiese tomado estos ingresos como extraordinarios, no permanentes, los cuales debían ahorrarse o utilizarse para financiar gastos de una sola vez y jamás aquellos de tipo permanente y/o a largo plazo. Pero eso requiere algo imposible de encontrar en los políticos -personas acostumbradas a prometer el cielo y la tierra a los “pobres” y regalar migajas de las sobras de lo que roban a los “ricos”-, cabeza. En un período en que los ingresos aumentaron un 54%, aumentaron los gastos en un 45%.
Los más recalcitrantes volverán al ataque sosteniendo que en 2006 España tuvo un superávit del 2% del PIB, pero como se ha señalado, este era incapaz de absorber la caída en los ingresos subsecuente. Este razonamiento es similar al del niño que encontrase 10.000 pesos tirados en la calle y decidiera gastar 9.000 más de lo que acostumbra semanalmente, de forma constante. Mientras los miopes podrían pensar que el niño fue “ahorrativo” pues de todas formas tuvo 1.000 pesos de superávit, otros pensaríamos en lo irresponsable que ha sido al dárselas de bacán comprándole chocolates a las compañeritas. Chocolates que, evidentemente, no podrá volver a regalar. Habría de esta forma sentenciando su futura fama de galán, pues a la semana siguiente no lo habrían pescado ni en bajada por pobretón. Contablemente, a partir de ese día tendría un déficit. ¿Alguien en su sano juicio diría que Pedrito perdió sus amiguitas porque no se encontró nuevamente un billete de diez lucas a la semana o porque se las dio de bacán no teniendo donde caerse muerto?
El caso español es exactamente el mismo. Si entre 2002 y 2007 hubiese congelado el gasto fiscal, habría tenido platita (poca pero segura, como decía Enrique Maluenda) ahorrada para enfrentar la crisis sin el terrible déficit actual. A mayor abundamiento, aunque en 2006 España tuvo un superávit presupuestario del 2%, el FMI ya señalaba que en realidad presentaba un déficit estructural del 1,2%. Esto quiere decir que en ningún momento de la década tuvo un déficit estructural inferior al 1%. Bajo los actuales criterios (bastante relajados) de Merkel y Sarkozy para limitar el déficit estructural al 0.5% del PIB, la Administración Pública española hubiese reprobado anualmente.
En definitiva, no hay que ser un Einstein para darse cuenta que los Estados europeos que más se lanzaron a la piscina en la estupidez de gastar como condenados los ingresos extraordinarios entre los años 2002 y 2006 son los más cagados (permítanme el chilenismo, no estoy en la cátedra) actualmente. De muestra, un botón: Compare sus cifras de crecimiento del gasto público (entre el 32 y el 60%) con las de los ahorrativos teutones, quienes apenas incrementaron sus gastos un 2% en seis años:
 
Raya para la suma. España “ahorró” bien poco. Al revés, hipotecó su estabilidad financiera futura al asumir gastos permanentes y crecientes en base a una endeble, falsa e insostenible “bonanza”. Y así como los españoles de a pie se volvieron locos gastando lo que no tenían, lo hicieron los políticos con la plata ajena. Estas consideraciones nos llevan a afirmar que del hundimiento de la recaudación tributaria no se colige que deban subirse los impuestos, muy por el contrario, se demuestra que debe reducirse el gasto. Acabada la burbuja, queda de manifiesto el nivel de grasa acumulada por el Estado español, la cual es insostenible cuando tus entradas extraordinarias se convierten en ilusorias. Si de verdad los cerdos planean volver a la senda del crecimiento y dar rienda suelta a la creatividad e innovación de los privados, la solución es una sola, reducir el hipertrofiado gasto del sector público.


[1]    Portugal, Irlanda, Grecia y España.
[2]    En una entrega posterior explicaremos los incentivos estatales perversos que propiciaron esta escalada alcista.

martes, 24 de abril de 2012

Desmitificando China


Desmitificando China.

Existen dos creencias -erróneas como se verá más adelante-, repetidas hasta el cansancio por los enemigos del mercado y admiradores del comunismo y sus degeneraciones (como el pretendido sistema “mixto” chino). La primera, señala que los norteamericanos dependen de China para obtener bienes de consumo (incluyendo papel higiénico para limpiarse buena parte). La segunda, más osada aún intelectualmente hablando, que los Estados Unidos están endeudados hasta las masas con los chinos.

Los datos de 2010 desmienten el primer mito. Los productos chinos adquiridos por parte de los norteamericanos tienen una escasa importancia entre los gastos de consumo, alcanzando apenas el 2.7% del mismo. Los Estados Unidos importa del gigante asiático roughly US$ 400.000MM anualmente, pero esta suma es una bicoca en una economía de más de US$ 14.500MMM.

En promedio, los yankees destinan el 34% de sus ingresos en habitación, un 13 en parar la olla, 11 en seguros y pensiones, 7 en salud y 2 en educación. Eso equivale a un 70% del gasto, dinero que se destina en su totalidad a bienes y servicios indígenas.

Tampoco es cierto que los norteamericanos fabriquen menos cosas que antes. Como nunca, los Estados Unidos producen más bienes y servicios. Lo que ocurre es que la productividad se ha disparado gracias a la tecnología, reduciendo el factor trabajo necesario. Las cifras respaldan esta conclusión. En 1950, la gigante acerera U.S. Steel producía 6.000.000t de acero empleando 30.000 obreros. Hoy en día produce 7.500.000t con sólo cinco mil trabajadores. El “problema” no es China, es el aumento enorme de la productividad por trabajador.

Al mismo tiempo, para los norteamericanos es el descueve tener fábricas en China que generalmente son propiedad de empresas nacionales o fabrican productos bajo mandato de éstas. Un excelente ejemplo encontramos en Foxxcon, que produce los famosos iPhone. Estas empresas producen a bajísimo costo productos que benefician directamente al consumidor norteamericano. Si un teléfono celular hecho en China cuesta US$300 en vez de $500, los 200 dólares de diferencia les sirven a los norteamericanos para salir a comer, viajar al extranjero o gastar en otras cosas que implican más puestos de trabajo en otros sectores de la economía en los mismos Estados Unidos.

En todo caso, este proceso no es nuevo. Se inició luego de la Segunda Guerra Mundial, cuando muchos bienes comenzaron a fabricarse en Japón y no en Estados Unidos. Actualmente se producen no solo en China sino también Taiwán, Singapur, Corea del Sur, Malasia, etc. siendo mayormente afectados los japoneses. Los Estados Unidos sufrieron hace décadas ese cambio y su economía se adaptó a los cambios.

Respecto al segundo mito, es interesante analizar bien las cifras nuevamente. Nadie puede negar la enorme deuda del país del norte, que alcanza la friolera de US$15 billones, superando el PIB anual norteamericano, pero los chinos ni siquiera son titulares de un 10% de tal deuda, alcanzando algo más de US$1 billón.

Los mayores acreedores de esa deuda son los propios norteamericanos: Así, el Social Security es titular de 4.4 billones, la Reserva Federal 1.6 y los privados y gobiernos locales, 3.8. Incluso sumando a japoneses e ingleses, ni siquiera poseen 1.4 billones de deuda americana. Más que lo que posee China.

Esta deuda tiene además un efecto positivo para los Estados Unidos pues incentiva el que China tenga una conducta moderada considerando los intereses de su deudor. Nadie en sus cabales busca fastidiar a su principal cliente, a menos que sea un loco estilo Chávez & Co.

jueves, 12 de abril de 2012

Asignaciones parlamentarias. (1 de 2)

 
Resulta realmente extraño que todo el mundo ponga el grito en el cielo por el alza en 2 millones mensuales a la asignación que perciben los Senadores para contratar personal -alcanzando los 7.5 millones mensuales- sin parar mientes en las escandalosas y secretas maniobras revestidas por un aura de “transparencia”, por haber sido adoptadas por el Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias, para hacer lo mismo con las asignaciones de los diputados.

Luego de leer este artículo, lamento decirle que a Ud. se lo seguirán cepillando -y en seco- pero para que sepa al menos de que se trata, ya que dudo le hayan invitado una piscola siquiera antes de sodomizarlo, y a modo de lubricante KY gel, le contaré algo bastante peor y que solo a medias ha salido en la prensa. 

A partir del año 2011, la Cámara de Diputados incrementó en varios millones mensuales las asignaciones mensuales que reciben cada uno de sus integrantes. Hasta esa fecha, los montos que recibían se desglosaban de la siguiente manera:

  • Asignaciones para el desempeño del cargo: $ 2.893.830 mensuales
  • Movilización: $ 881.532 mensuales (Combustibles y gastos de traslados)
  • Materiales de oficina: hasta UF 4 mensuales (para útiles de oficina)
  • Asignación por remuneraciones de secretarios y asesores: $ 3.445.826 mensuales
  • Asignación por Arriendo y Telefonía: $ 751.690 mensuales
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Adicionalmente, cada uno de estos “representantes de la ciudadanía” disponía de $ 2.250.000 anuales para contratar “asesorías externas”, usualmente contratadas con algún instituto o think tank afín a su corriente de pensamiento. 

Podríamos decir entonces -grosso modo- que cada diputado disponía mensualmente de unos $ 8.200.000 para deleitarnos con sus genialidades jurídicas. 

Echemos una mirada a la situación actual. Algunas asignaciones se han refundido en una sola y ahora en teoría deben rendir los gastos, cosa que no se hacía, pero el monto total se ha incrementado GROSERAMENTE. A saber: 

  • Asignación personal de apoyo $ 4.750.000 mensuales
  • Asignación asesorías externas $ 2.000.000 mensuales
  • Asignación gastos operacionales $ 4.950.000 mensuales
  • Comités parlamentarios:
Asignación personal de apoyo $750.000 mensuales
Asignación asesorías externas $250.000 mensuales
Asignación gastos operacionales $ 20.000 mensuales

Lo que nos da un GRAN TOTAL de algo así como $ 12.720.000.
 
Ahora, enójese con mayor razón. Saludos cariñosos a los parlamentarios que para variar, se salen con la suya porque la gente es hueona. Todos los datos obtenidos de fuentes públicas. 

* Es del caso señalar que los diputados perciben una asignación triplicada para el mismo cometido. Asesorías. Pueden pagar con asignación a personal de apoyo, asignación de asesorías externas y asignación a su nombre para el Comité Parlamentario al que pertenezca para asesorías externas. Todo esto, existiendo la Asesoría Parlamentaria que gratuitamente les ofrece la Biblioteca del Congreso Nacional.

lunes, 2 de abril de 2012

Proyecto de ley “antidiscriminación”


Proyecto de ley “antidiscriminación”

La muerte de Daniel Zamudio no solo ha vuelto a poner en el tapete el proyecto de ley que “Establece medidas contra la discriminación”, vulgarmente conocido como "antidiscriminación" (boletín 3815-07 en sil.senado.cl), sino que también ha repuesto el tema de las minorías y el respeto que teóricamente debe asegurarles el Estado ante las agresiones de quienes pertenecen al mainstream.

El problema que puede parecer a muchos algo sencillo -se dicta una ley y los brutales y cobardes ataques de estos últimos días desaparecen como por arte de magia- tiene diversas aristas que lo tornan bastante más complejo y justifican un tratamiento más profundo. Intentaremos exponer nuestra postura libertaria al respecto colaborando a la discusión seria que merece tan sensible tema.

I.- Definiciones relevantes

En primer término, creo conveniente definir con precisión los términos relevantes de la discusión, pues existe mucha confusión, y me atrevo a decir mito, al respecto. Cuando una parte entiende por silla una mesa y la otra un mueble para sentarse, no existirá manera alguna de llegar a buen puerto.

1.- Discriminación.

Si recurrimos al Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, que como se sabe, y al igual que un detergente fija, limpia y da esplendor, “discriminar” consiste básicamente en “seleccionar excluyendo”. A renglón seguido entrega una nueva acepción algo más valorativa y política, “Dar trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etc”.

Esto implica a lo menos dos cosas, a saber: a) que la discriminación no es mala per se, y, b) que el paso del tiempo y el “avance” del pensamiento ha logrado que el lenguaje recepcione con un juicio valorativo negativo, el acto de discriminar por algunas razones. ¿¡Nada de malo tendría entonces discriminar porque sí o motivos no analogables a las que señala el diccionario!?
         
El trato igualitario puede discriminar
¿Pero es esto tan así? Volvamos por un instante al concepto de discriminación descrito, puede que resulte insuficiente o erróneo. ¿Qué pasa si tratamos como iguales a quienes son distintos? Siguiendo la misma lógica agrego… ¿Qué pasa si trato de manera disímil a quienes son idénticos? ¿No estaremos recién en este caso frente a un acto de discriminación?

El hecho es que muchos de quienes son discriminados, son distintos a la mayoría, por tanto, merecen un tratamiento distinto y no igual. Esto no implica que ese trato deba ser subirlos a vagones de tren, gasearlos y cremar sus cuerpos o reventarles el cráneo a patadas. Muy por el contrario, cada diferencia implicará –o no, dependiendo de su naturaleza y entidad- un trato distinto pero jamás la violencia.

Los seres humanos no somos todos iguales
Si un marciano llegase a la tierra se encontraría con casi 7.000 millones de seres humanos distintos entre sí. Ese hecho es objetivo. Existen personas más altas, inteligentes, apuestas y afortunadas que otras. Estas diferencias no tienen nada de malo, son naturales y nos motivan a relacionarnos con los demás. Si fuésemos iguales, nada podría hacer otro por mí que yo no pudiese. De Perogrullo.

¿Qué enseñamos a nuestros hijos?
Desafortunadamente y por diversos motivos, los padres enseñan a sus hijos que somos todos iguales, ocultándoles la realidad. Si aprendieran desde pequeños que somos distintos y eso no tiene nada de malo, jamás verían la diversidad como algo extraño. Por el contrario, la aceptarían como algo natural y no aspirarían a igualar –y a cualquier precio- a quien se sale del esquema aprendido.

¿Cuál sería la enseñanza que debemos entregarles?
Debiésemos partir por enseñarles el amor por la Libertad. Dicho esto, que lo único que nos hace realmente iguales a los seres humanos es el hecho de ser libres. Nadie es esclavo o pertenencia de otro. Esa libertad solo puede ser coartada o eliminada por otros hombres o el Estado, siempre a través de la violencia. El ser humano continúa siendo libre en la medida que no es agredido.

2.- Principio de no-agresión

Sustentado en el señorío que tenemos sobre nuestro ser, implica que el individuo puede hacer lo que desee en tanto no inicie la violencia contra otro o sus pertenencias –caso en el cual se justifica la legítima defensa contra el agresor. Esta agresión consiste en fuerza física, o amenaza de su uso, no abarcando nuestras opiniones sobre los demás, las cuales se ven amparadas en la libertad de expresión.

3.- Tolerancia

Surge ahora la duda respecto al tema de la tolerancia. ¿Qué es ser tolerante? El diccionario nos dirá escuetamente –y respecto de las acepciones que nos interesan- que es “Sufrir, llevar con paciencia” y “Respetar las ideas, creencias o prácticas de los demás cuando son diferentes o contrarias a las propias”. Ambas son actitudes negativas u omisiones. Consisten en no hacer algo al respecto.

¿Es una virtud ser tolerante?
Toda persona es libre de sentirse o no cómoda con las actitudes de los demás. Después de todo, nadie está obligado a gustar de lo que hagan o dejen de hacer quienes lo rodean. Dicho esto, más que virtud es una necesidad no solo de orden económico sino de un sano vivir el “laissez faire, laissez passer”. A nadie beneficia un estado de guerra permanente, ni siquiera al “más fuerte”.

II.- Proyecto de ley

Generalidades.
No crea nuevos tipos penales sancionando conductas “inspiradas en el odio” o “discriminatorias”. Define “discriminación arbitraria” y establece una nueva agravante genéricamente a los tipos vigentes. Básicamente puede decirse que limita diversas libertades de las personas al obligarlas más que a ser “tolerantes” a pensar de determinada manera y establece una Thinkpol o policía del pensamiento.

“Discriminación arbitraria” en el proyecto de ley
Según su artículo 2° es “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad”.

Desglosando la definición dada por el proyecto de ley, para su adecuada comprensión tenemos:

·      Conducta: “Toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable”.
·      Distinción: Diferencia por la cual una cosa no es otra, o no es semejante a otra.
·      Exclusión: Acción y efecto de excluir (Echar a una persona o cosa fuera del lugar que ocupaba; descartar, rechazar).
·      Restricción: Acción y efecto de restringir (Ceñir, circunscribir, reducir a menores límites).
·      Justificación razonable: Acción y efecto de justificar (Ser algo la causa de que otra no resulte extraña o censurable), conforme a la razón.
·      Autor: “Agentes del Estado o particulares”.
·      Efecto: “Que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.”
·      Privación: Pérdida de lo que se poseía o gozaba.
·      Perturbación: Alteración del orden o del desarrollo normal de algo.
·      Amenaza: Gesto u acto por el cual se expresa la voluntad de querer hacer daño a alguien; peligro de suceder un mal, presagio que hace temer un mal. Siguiendo la tendencia en materia de Acción de Protección (o recurso de protección como se le llama usualmente), esta amenaza debe revestir caracteres de ser actual cierta, precisa y concreta.

Acto seguido, el legislador incorpora en el concepto- a nuestro modo de ver, de manera reiterativa e innecesaria-, los casos en los que esta “discriminación arbitraria” se funda en motivos tales como “la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad”. Todo ello en conformidad a los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y vigentes.
         
Nuestra crítica
¿Y si un dueño de una tienda no quiere venderle a un cliente just because? ¿Por qué tendría que ser sancionado o estar obligado a hacerlo? Es su dinero, y si quiere perder una venta y potencial clientela, problema suyo. Obligarlo implica estatizar su negocio al restarle libertad de hacer lo que le plazca con su patrimonio. Lo mismo pasa con quien desecha a un candidato a un puesto de trabajo por el motivo que sea. Es su empresa, su dinero, su libertad.

III.- Nuestra propuesta

El Estado no debe entrometerse en lo que hacen las personas
En primer término creo importante dejar en claro que para nosotros los anarcocapitalistas, el Estado no tiene por qué interferir en lo que hagan dos personas entre sí de forma pacífica. Basta leer el artículo 365 del Código Penal -que sanciona la sodomía si uno de los participantes tiene entre 14 y 18 años- para encontrar una flagrante vulneración a este principio.

Heterosexuales y homosexuales tenemos derechos innatos
 Acto seguido, recordarles que para nosotros el Estado no debe limitar la propiedad, libertad de expresión, de contratación, de albedrío, comercio ni los derechos que todos poseemos sobre nuestro cuerpo. El solo hecho de ser individuos hace que tanto heterosexuales, homosexuales, lesbianas o transgéneros posean derechos innatos, propios de nuestra naturaleza humana.

Nadie tiene más derechos por sobre los demás
Este hecho implica al mismo tiempo que nadie tiene más derechos por sobre los demás, esto es, que todos somos iguales en cuanto a derechos fundamentales: Vida, Libertad y Propiedad. Nadie debe tener más o menos derechos por el hecho de pertenecer o no a una raza, religión, posición socioeconómica, ideología política, sexo, preferencias sexuales, etc.

¿Los demás no son derechos?
Entendemos por derechos naturales los enunciados supra y los que dependen de éstos, como las libertades de expresión, comercio, emprender, asociarse, tránsito, contratación, conciencia, etc. Dicho esto, no es menester enfatizar por ley estos derechos para alguna minoría, pues siendo todos iguales ante la ley el hacerlo implica una discriminación gubernamental e inaceptable.

¿Los Derechos Humanos son realmente derechos?
No. La gran mayoría no pasan de ser un invento de políticos que ven en ese catálogo de prestaciones estatales una excelente manera de mantenerse en el poder usando la plata de algunos para privilegiar a sus electores. Para tener “derecho” a algo es menester que uno se “obligue” para con otro al mismo tiempo. Los Derechos Humanos no siguen esta estructura y por tanto NO SON DERECHOS.       

De hecho, y a diferencia de los derechos de propiedad y las libertades ya reseñadas, el respeto de los “falsos derechos humanos” implica la obligación para un tercero de dar hacer o no hacer algo que le significa un costo, un sacrificio y en definitiva un detrimento, de su libertad o patrimonio. Imagínese el “derecho a la salud”. Si alguien no tiene dinero para pagar su salud, Ud. está obligado a hacerlo vía impuestos.

¿Debiesen tener derecho los homosexuales a casarse?
El Estado no debe normar siquiera el tema del matrimonio, pues éste ha surgido espontáneamente en la historia humana, y aunque semánticamente la institución sugiera la necesidad de estar formada por un hombre y una mujer, no debe limitarse lo que personas adultas convengan libremente entre sí mediante contrato en tanto este acuerdo no violente el derecho de un tercero.

¿Entonces, cualquiera puede “casarse” con quien desee?
Por supuesto. Y ante quien quiera. Y ponerle el nombre a ese vínculo que sea. Es un problema entre dos y uno no tiene nada que meterse en ello. Si quieren casarse ante el cartero, el carnicero, el Papa o un imán es cosa de ellos. Y si quieren llamarle “matrimonio”, “emparejamiento”, o como les venga en ganas, también. En nada te afecta a ti.

¿Las parejas homosexuales debiesen poder adoptar niños?
Son los padres -o uno de ellos si falta el otro-, o las instituciones privadas encargadas de entregar huérfanos en adopción los que pueden reservarse libremente el derecho de dar en adopción a un niño a quien deseen. Una pareja homosexual no puede exigir le sea entregado un niño para adoptarlo. Parejas estables/inestables existen tanto entre las heterosexuales como las homosexuales.

¿Debe el Estado regular las materias hereditarias y beneficios de seguros de parejas homosexuales?
Lo que una persona decida hacer con sus bienes una vez fallecida es un tema completamente personal en el cual el Estado no debe entrometerse. Quien contrata un seguro de vida puede establecer los beneficiarios del mismo en forma libre y consensuadamente con la empresa que ofrece el servicio. Del mismo modo, el Estado debe eliminar todos los impuestos sobre herencias, para todos.

¿Deben existir incentivos o beneficios adicionales para las parejas homosexuales?
Jamás. El Estado no debe privilegiar a nadie, sea cual sea su inclinación sexual. Nadie debe beneficiarse del dinero ajeno. Los subsidios implican un robo al bolsillo de todos para beneficiar a grupos de interés al tiempo que sirven a políticos para comprar votos. Las transferencias estatales pagadas con nuestros impuestos son privilegios indebidos, inmorales, y violentan la igualdad ante la ley.

¿Qué pasa si un menor no quiere vivir bajo tutela de una pareja gay?
Deben consultarse mecanismos judiciales privados e independientes para permitir que un menor se emancipe de sus padres -sean homosexuales o heterosexuales- si logra probar que puede ser responsable y vivir solo. No es deber del Estado responsabilizarse por jóvenes emancipados ni entregarles subsidios. Si el joven demuestra no depender de sus padres, menos dependerá de los demás.